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JUNTA DEL CEMENTERIO |
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Los cementerios propiedad de la Iglesia Católica son adscritos generalmente a las parroquias. La Iglesia, titular del dominio del cementerio concede a los fieles el uso de determinados espacios para los enterramientos. La administración del cementerio corresponde al Cura párroco. El párroco, para ejercer dicho cometido podrá estar asesorado e incluso delegar facultades en algunos fieles de la parroquia. Los fieles que ayudan al párroco en la labor de la administración del Cementerio se denominan la Junta Parroquial del Cementerio, cuyos miembros serán nombrados por el señor obispo.
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